jueves, 27 de abril de 2017

APRUEBA el SENADO "LEY CONTRA la DESAPARICION" con MAYORES CASTIGOS...el problema no era el castigo,es aplicarlo y localizar a las victimas.


Luego de cuatro años de debate y de violar sus propios plazos, el Senado aprobó la Ley contra la Desaparición Forzada y cometida por Particulares.

Con más de 30 mil desaparecidos y miles de fosas, es impostergable que el Senado apruebe ley de desaparición, consideró jefe de Cruz Roja.

La nueva norma fue avalada, en lo general y en lo particular, y turnada a la Cámara de Diputados.

Pese a la importancia de la legislación, fue necesaria la rectificación de quórum, ya que el salón de plenos lucía vacío durante la discusión del tema.

Tras 10 minutos de llamado, apenas se presentaron 70 de los 128 legisladores.

La minuta fue avalada en medio de críticas y cuestionamientos.

"Esta no es la ley que merecían las víctimas de los delitos más deleznables. Se eluden aspectos medulares, no obliga a establecer la responsabilidad de toda la cadena de mando, ni es contundente con los mandos militares y policiacos, no sólo es quien jala el gatillo, sino el que da la orden", acusó la senadora del Partido del Trabajo, Layda Sansores.

"No es una conquista del Poder Ejecutivo o del Legislativo, es de ciudadanos y víctimas de estos delitos que siempre tienen que estar empujándonos. No debemos aprobar letra muerta con tal de dar gustos a todos, para no pagar el costo político porque siempre estamos en tiempos electorales", reprochó la senadora panista Adriana Dávila.

El senador independiente por Guerrero Armando Ríos Piter condenó que el Gobierno federal no haya aceptado eliminar de la ley el concepto de "persona no localizada".

"Este País se ha convertido en una enorme fosa clandestina y quererle llamar 'no localizados' a los desaparecidos es rehusarse a mandar un mensaje a las víctimas", señaló.

Ríos Piter, junto con senadores del PAN, PRD y PT-Morena, presentó un listado de 60 reservas sobre los alcances de la Comisión Nacional de Búsqueda y la definición de los tipos penales.

La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Angélica de la Peña, pidió a la Cámara de Diputados confiar en la minuta que les será enviada para que se apruebe mañana viernes, antes de cerrar los trabajos del periodo ordinario de sesiones, tal y como lo demandaron familiares de víctimas.

La titular de la Comisión de Justicia, Pilar Ortega, informó que existe un compromiso para que, en el corto plazo, el Senado reanude la discusión y perfeccione la legislación.

La ley establece una pena máxima de 90 años de cárcel contra los perpetradores del delito; la penalidad básica es de 40 a 60 años de prisión.

Da creación a la Comisión Nacional de Búsqueda y a los registros de fosas, personas desaparecidas y personas fallecidas.

El delito es imprescriptible y continuo, además de que no aplican amnistías.

La legislación prohíbe la inhumación en fosas comunes, así como la destrucción o incineración de restos o cadáveres de personas no identificadas.


Castiga a funcionarios y particulares que oculten, desechen, incineren, sepulten, inhumen, desintegren o destruyan restos de un ser humano o el cadáver de una persona, con el fin de ocultar el delito.

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