viernes, 22 de abril de 2016

"MILITARES" PODRIAN CATEAR 'CASI TODO y a TODOS " de ACUERDO a NUEVA REFORMA LEGAL...lo que en la practica muchos "ya practican".

Imagen.Proceso.

La Cámara de Diputados aprobó una reforma al Código de Justicia Militar y un nuevo Código Militar de Procedimientos Penales, que crea la Fiscalía General de Justicia Militar y la figura de jueces de control, que podrán ordenar –en delitos de disciplina militar relacionados con delincuencia organizada, homicidio doloso o graves y violentos con armas de fuego y explosivos– el cateo a domicilios particulares, oficinas del gobierno federal e incluso a las dos cámaras del Congreso, aunque la Constitución define que los recintos legislativos son inviolables.

La figura del cateo también se extiende al Poder Judicial, así como a los organismos constitucionales autónomos, esto es, a las sedes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), del Instituto Nacional Electoral (INE), del Banco de México (BdeM), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

Con los votos de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN), Verde Ecologista de México (PVEM), Nueva Alianza (Panal) y Encuentro Social (PES) se avaló que el cateo, a cargo de la Policía Militar y del Ministerio Público Militar, también podrá extenderse a las oficinas de los gobernadores y del jefe de Gobierno de la Ciudad de México, de los congresos de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Sin embargo, el vicecoordinador del PRI, Jorge Carlos Ramírez Marín, explicó que en cualquier caso, emitida la orden por el juez militar, policías y agentes militares del Ministerio Público deberán recabar la autorización correspondiente.

Ejemplificó que cuando él fue presidente de la mesa directiva de la Cámara, en la 61 Legislatura, rechazó la solicitud de la Procuraduría General de la República para que sus agentes entraran al Palacio Legislativo a detener al perredista Julio César Godoy, acusado de presuntos nexos con la delincuencia organizada en Michoacán, antes de que tomara protesta como diputado.

El código prevé también la intervención de llamadas telefónicas de militares y particulares y deja fuera la responsabilidad de las fuerzas armadas cuando existan víctimas de violaciones a derechos humanos.

Así como ocurrió con la llamada ley Televisa, que se aprobó incluso por el PRD porque sus diputados no leyeron el dictamen respectivo, este jueves las bancadas de Morena y Movimiento Ciudadano se dieron cuenta de manera tardía del alcance de la reforma.

Los diputados de Morena y Movimiento Ciudadano en la Comisión de la Defensa, Alfredo Basurto Román y Manuel Espino Barrientos, respectivamente, firmaron el dictamen.

Incluso Morena había acordado votar en abstención, aunque al final abandonó el recinto, y Espino anunció que su bancada aprobaría el código para dar a las fuerzas armadas una oportunidad de reivindicarse en lo que han contribuido para atentar contra los derechos humanos de los mexicanos.

Más tarde, sin embargo, ambas bancadas cuestionaron que el contenido del dictamen –que se turnó al Senado para su revisión– constituye un retroceso en materia de respeto a los derechos humanos.

Esto porque, explicó el diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco (MC), en ambos códigos se prevé no sólo la obligación de civiles de presentarse como testigos ante un juzgado militar, sino porque se permiten intervenciones a llamadas telefónicas de ciudadanos.

De no presentarse voluntariamente, el código prevé que el juez militar que lleve el proceso ordenará su presentación, pero se deja abierta la posibilidad de que el traslado del testigo civil sea por militares.

En sus consideraciones, la Comisión de Defensa, que preside el general Virgilio Méndez Bazán –ex subsecretario de la Defensa–, reconoce las figuras de víctima y de ofendido, pero aclara que esta connotación se refiere exclusivamente respecto de delitos de la jurisdicción militar, precisión que se orienta a dejar en claro que por ningún motivo se refiere a víctimas de violaciones de derechos humanos.

La reforma equipara el modelo de juicios orales del fuero común al militar y adopta el garantismo penal para los militares, al definir que éstos serán inocentes hasta que se les pruebe lo contrario.

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